Fracción III Artículo 39
Las facultades de cada Área
Área | Artículo | Fracción | Descripción |
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Cronista Municipal | 125 | I | Elaborar la crónica sobre los hechos más relevantes, por orden del tiempo |
Cronista Municipal | 125 | II | Llevar a cabo la integración, conservación y enriquecimiento de los archivos históricos del Municipio |
Cronista Municipal | 125 | III | Fungir como investigador, asesor, promotor y expositor de la cultura de la comunidad municipal |
Cronista Municipal | 125 | IV | Emitir su opinión para la edición de libros, revistas, videos, pelÃculas y otras formas de comunicación, que tiendan a difundir y preservar la vida y memoria municipales |
Cronista Municipal | 125 | V | Las demás que el Ayuntamiento le asigne |
Coordinación de Protección Civil | 119 | I | Prevenir y controlar, mediante la organización de un primer nivel de respuesta, las emergencias y contingencias que se presenten en el ámbito de su competencia, asà como la elaboración de diagnósticos de riesgo ante la posible ocurrencia de un accidente o desastre |
Coordinación de Protección Civil | 119 | II | Establecer las medidas de seguridad necesarias e imponer las sanciones correspondientes, por infracciones a la Ley de Protección Civil para el Estado de Zacatecas y los reglamentos respectivos |
Coordinación de Protección Civil | 119 | III | Elaborar y presentar, para su aprobación, al Consejo Municipal de Protección Civil, el proyecto de Programa de Protección Civil Municipal |
Coordinación de Protección Civil | 119 | IV | Promover y difundir, en el ámbito de su competencia, la cultura de la protección civil entre la sociedad |
Coordinación de Protección Civil | 119 | V | Coordinar y supervisar el desempeño de los grupos voluntarios del municipio respectivo, previamente registrados ante la Dirección Estatal, conforme a la normatividad aplicable |
Coordinación de Protección Civil | 119 | VI | Presentar al Consejo Municipal los proyectos de reformas a los reglamentos municipales relacionados con la protección civil |
Coordinación de Protección Civil | 119 | VII | Elaborar y actualizar el Atlas Municipal de Riesgos |
Coordinación de Protección Civil | 119 | VIII | Remitir mensualmente a la Dirección Estatal, la actualización de la información del Atlas Municipal de Riesgos, para la actualización del Atlas Estatal de Riesgos; de igual manera, deberán remitir un informe mensual de sus actividades, conforme al formato que para ello establezca la Dirección Estatal |
Coordinación de Protección Civil | 119 | IX | Vigilar la implementación y ejecución de un programa interno de protección civil, en todos los inmuebles públicos y privados localizados en la circunscripción municipal de su competencia |
Coordinación de Protección Civil | 119 | X | Presentar ante el respectivo Consejo Municipal, durante el mes de febrero de cada año, la propuesta del programa municipal de protección civil o sus actualizaciones, asà como de los planes y programas básicos que de él se desprendan |
Coordinación de Protección Civil | 119 | XI | Elaborar y mantener actualizado el inventario de recursos humanos y materiales disponibles y susceptibles de movilización en caso de emergencia, solicitando para ello la información necesaria a las instancias de los sectores público, privado y social |
Coordinación de Protección Civil | 119 | XII | Organizar y reglamentar las actividades del Cuerpo de Bomberos |
Coordinación de Protección Civil | 119 | XIII | Practicar visitas periódicas de verificación o inspección, por sà o en conjunto con la Dirección Estatal, a cualquier establecimiento, negocio o industria, por medio del personal debidamente autorizado y acreditado, de conformidad con la presente ley, la Ley de Protección Civil para el Estado de Zacatecas, y los reglamentos respectivos, debiendo informar de manera trimestral al Consejo Municipal de las visitas de verificación practicadas |
Coordinación de Protección Civil | 119 | XIV | Rendir un informe de actividades, de manera semestral, al Consejo Municipal de Protección Civil |
Coordinación de Protección Civil | 119 | XV | Las demás funciones afines a las anteriores que le confiera el Ayuntamiento, asà como esta ley y otros ordenamientos jurÃdicos aplicables |
ContralorÃa | 105 | I | Vigilar y verificar el uso correcto de los recursos propios, asà como los que la Federación y el Estado transfieran al Municipio, de conformidad con la normatividad establecida en materia de control y evaluación |
ContralorÃa | 105 | II | Inspeccionar el gasto público municipal y su congruencia con el Presupuesto de Egresos |
ContralorÃa | 105 | III | Inspeccionar y vigilar que las dependencias y entidades de la administración pública municipal cumplan con las normas y disposiciones en materia de: Sistemas de registro de contabilidad gubernamental, Contratación, basificación y pago de personal, Contratación de servicios y obra pública; y Adquisición, arrendamientos, conservación, uso, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, registro, valuación y valoración del patrimonio, almacenes y demás activos y recursos materiales de la administración municipal |
ContralorÃa | 105 | IV | Auditar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de planeación, presupuesto, ingresos, contabilidad gubernamental, financiamiento, inversión, deuda, patrimonio, fondos, valores y exenciones o deducciones de impuestos o derechos municipales, por parte de la administración municipal |
ContralorÃa | 105 | V | Atender las quejas que presenten los particulares con motivo de acuerdos, convenios o contratos que celebren con la administración municipal, de conformidad con las normas que al efecto se emitan por el Ayuntamiento |
ContralorÃa | 105 | VI | Coadyuvar con la AuditorÃa Superior del Estado, para que los servidores públicos municipales que deban hacerlo, presenten oportunamente sus declaraciones de situación patrimonial |
ContralorÃa | 105 | VII | Conocer e investigar los hechos u omisiones de los servidores públicos municipales que no sean miembros del Cabildo, para que el Ayuntamiento decida si se fincan o no, responsabilidades administrativas |
ContralorÃa | 105 | VIII | Aportar al SÃndico Municipal los elementos suficientes para que se hagan las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público, en caso de probable delito |
ContralorÃa | 105 | IX | Verificar el cumplimiento del Plan Municipal de Desarrollo y los programas operativos |
ContralorÃa | 105 | X | Programar y practicar auditorÃas a las dependencias y entidades de la administración pública municipal informando del resultado al Cabildo y a la AuditorÃa Superior del Estado, para que en su caso, se finquen las responsabilidades correspondientes |
ContralorÃa | 105 | XI | Revisar y verificar la información financiera, presupuestal y programática, asà como las cuentas públicas |
ContralorÃa | 105 | XII | Informar trimestralmente al Ayuntamiento y a la AuditorÃa Superior del Estado sobre las acciones y actividades de la ContralorÃa |
ContralorÃa | 105 | XIII | Las demás que le señalen otras disposiciones jurÃdicas sobre la materia, reglamentos y acuerdos del Ayuntamiento |
Delegado Municipal | 93 | I | Cumplir y hacer cumplir las leyes generales, federales y estatales, el Bando de PolicÃa y Gobierno, reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de carácter general que emitan los ayuntamientos |
Delegado Municipal | 93 | II | Asistir a las sesiones de Cabildo conforme a lo dispuesto en esta ley |
Delegado Municipal | 93 | III | Recibir capacitación del Ayuntamiento sobre sus facultades y competencias |
Delegado Municipal | 93 | IV | Auxiliar a las autoridades federales, estatales y municipales en el ejercicio de sus facultades y atribuciones |
Delegado Municipal | 93 | V | Coadyuvar en la vigilancia del orden público y dar aviso de cualquier alteración del mismo y de las medidas que se hayan tomado al respecto |
Delegado Municipal | 93 | VI | Promover que en sus respectivas demarcaciones se presten y ejecuten los servicios y obra pública que se requieran, asà como la participación ciudadana y vecinal en su prestación, construcción y conservación |
Delegado Municipal | 93 | VII | Expedir, gratuitamente, constancias de vecindad o residencia, que deberá certificar el Secretario de Gobierno Municipal |
Delegado Municipal | 93 | VIII | Elaborar y remitir al Ayuntamiento para su análisis y decisión, a más tardar el treinta y uno de octubre de cada año, los programas de trabajo de su Delegación para el ejercicio siguiente, asà como rendir trimestralmente, informe del mismo |
Delegado Municipal | 93 | IX | Formular y remitir anualmente al Ayuntamiento el padrón de habitantes de su delegación |
Delegado Municipal | 93 | X | Promover la educación y la salud públicas, asà como acciones y actividades sociales y culturales entre los habitantes de su demarcación |
Delegado Municipal | 93 | XI | Auxiliar, en su caso, al Ministerio Público |
Delegado Municipal | 93 | XII | Las demás que le asigne el Ayuntamiento |
Desarrollo Económico y Social | 107 | I | Coordinar y programar las actividades correspondientes a la consulta popular permanente, para la elaboración y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y los programas operativos anuales que de él se deriven |
Desarrollo Económico y Social | 107 | II | Formar los Comités de Participación Social, alentar una permanente comunicación entre el Ayuntamiento y la comunidad para promover campañas y difundir programas del gobierno municipal |
Desarrollo Económico y Social | 107 | III | Diseñar el esquema operativo para el registro, clasificación y expresión de la demanda ciudadana, en la formulación del Plan Municipal de Desarrollo, en coordinación con el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal |
Desarrollo Económico y Social | 107 | IV | Promover la organización de grupos indÃgenas, campesinos y urbanos; mujeres de comunidades campesinas y zonas urbanas marginadas, de asociaciones de trabajadores migrantes en el extranjero o en otras entidades del paÃs, a efecto de que se involucren en las actividades económicas y sociales, que fomenten su propio desarrollo |
Desarrollo Económico y Social | 107 | V | Alentar el compromiso comunitario para lograr un desarrollo justo, que contemple el cuidado de los ecosistemas; los asentamientos humanos equilibrados, que permitan la explotación racional de los recursos naturales para fomentar el empleo permanente y permitan la disminución del costo de los servicios públicos |
Desarrollo Económico y Social | 107 | VI | Promover el establecimiento de programas de simplificación, desregulación y transparencia administrativa para facilitar la actividad económica |
Desarrollo Económico y Social | 107 | VII | Auxiliar al Presidente Municipal en la ejecución del programa de mejora regulatoria que autorice el Cabildo en los términos de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Zacatecas y sus Municipios |
Desarrollo Económico y Social | 107 | VIII | Integrarse al Sistema de Apertura Rápida de Empresas y Ventanillas Ãnicas de Gestión, en coordinación con los distintos órdenes de Gobierno, en los términos que establece la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Zacatecas y sus Municipios |
Desarrollo Económico y Social | 107 | IX | Promover y difundir, en coordinación con los otros órdenes de gobierno, dentro y fuera del Municipio, las ventajas competitivas que se ofrecen en la localidad a la inversión productiva, al mismo tiempo de impulsar en el sector privado, la investigación y desarrollo de proyectos para atraer capitales de inversión |
Desarrollo Económico y Social | 107 | X | Impartir talleres y organizar foros de capacitación, tanto del sector empresarial como del sector laboral, en coordinación con el Gobierno del Estado e instituciones y organismos públicos y privados, para lograr mayores niveles de productividad y calidad de la base empresarial |
Desarrollo Económico y Social | 107 | XI | Impulsar la participación del sector privado en el desarrollo de infraestructura comercial e industrial |
Desarrollo Económico y Social | 107 | XII | Coordinar y promover las obras de carácter social que contribuyan a disminuir los desequilibrios del campo y las ciudades y fortalezcan el combate a la pobreza en general y a la pobreza extrema en particular |
Desarrollo Económico y Social | 107 | XIII | Participar en la formulación de los programas de salud, asistencia social, vivienda de interés social y popular, educación para la salud, asà como en campañas permanentes contra la drogadicción, alcoholismo y la delincuencia, principalmente juvenil, procurando la creación de centros para su atención, en coordinación con organismos públicos, sociales y privados |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | I | Formular y conducir la polÃtica ambiental en el Municipio, de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal, los tratados internacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado y demás disposiciones aplicables |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | II | Aplicar los instrumentos de polÃtica ambiental previstos en las disposiciones legales aplicables, para la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o al Estado |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | III | Intervenir, en el ámbito de su competencia, en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, asà como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles, con la participación que de acuerdo a la legislación corresponda al Estado |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | IV | Participar, en el ámbito de su competencia, en materia de prevención y control de los efectos sobre medio ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos, de acuerdo con la legislación en la materia |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | V | Intervenir en la creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas previstas en la legislación aplicable |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | VI | Aplicar las disposiciones en materia de prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energÃa térmica, radiaciones electromagnéticas y lumÃnica y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, asà como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móviles excepto las que conforme a legislación vigente sean consideradas de jurisdicción federal |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | VII | Intervenir, en el ámbito de su competencia, en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, asà como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a la legislación aplicable corresponda al Gobierno del Estado |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | VIII | Formular los programas de ordenamiento ecológico local del territorio de acuerdo con la legislación aplicable, asà como el control y la vigilancia del uso y cambio de uso de suelo, establecidos en dichos programas |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | IX | Participar en emergencias y contingencias ambientales conforme a las polÃticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | X | Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación y cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en materia ambiental expedidas por la federación |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XI | Formular la polÃtica municipal de información y difusión en materia ambiental |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XII | Participar en la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XIII | Elaborar y someter a la consideración del Ayuntamiento, el programa municipal de protección al ambiente, el cual estará articulado a los planes y programas federales, estatales y regionales |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XIV | Proporcionar asesorÃa, atención y orientación a los habitantes del Municipio en materia ambiental |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XV | Proponer a la SecretarÃa de Educación, la inclusión de temas ambientales para que se establezcan en los planes y programas educativos |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XVI | Formular la polÃtica forestal y participar en la restauración de los ecosistemas y recursos forestales del Municipio, de conformidad con la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y otras disposiciones aplicables |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XVII | Participar, en el ámbito de su competencia, en la polÃtica nacional en materia de vida silvestre, de conformidad con la Ley General de Vida Silvestre y la legislación aplicable |
Dirección de Agua, Medio Ambiente y Sustentabilidad | 111 | XVIII | Las demás señaladas en las leyes y reglamentos correspondientes |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | I | Planear, diseñar y formular las propuestas de acciones, programas y polÃticas municipales de desarrollo rural integral sustentable |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | II | Formular los estudios, proyectos y propuestas de actividades vinculados al Plan Municipal de Desarrollo, de conformidad con el enfoque de desarrollo rural integral sustentable |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | III | Coordinar los trabajos de integración y operación del Programa Estatal Especial Concurrente; de Extensionismo Rural, de autosuficiencia alimentaria y demás establecidos en la legislación estatal |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | IV | Promover la participación de organismos públicos, privados, productivos y sociales no gubernamentales en proyectos estratégicos de desarrollo rural municipal |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | V | Establecer los vÃnculos institucionales del Municipio con los productores, comercializadoras, agroindustrias, organizaciones o asociaciones y demás instancias que se relacionen con el medio rural y, en su caso, sean beneficiarios de algún programa gubernamental |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | VI | Establecer, en conjunto con las comunidades y los grupos de trabajo del Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Integral Sustentable, la problemática del entorno rural del Municipio y la identificación de las alternativas viables que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de su población |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | VII | Identificar y promover la vinculación del Ayuntamiento con programas prioritarios nacionales y estatales de desarrollo económico, hacia los cuales se canalicen apoyos financieros susceptibles de descentralizarse hacia los municipios |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | VIII | Promover y mantener coordinación con las diferentes instancias que celebren convenios con el Municipio y aquellas que provean servicios y programas institucionales para el desarrollo rural integral sustentable |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | IX | Promover y difundir los programas de apoyo al campo y a los productores, derivados de los convenios de colaboración que se celebren con el Estado y la Federación |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | X | Promover acciones de conservación, restauración y aprovechamiento de los recursos naturales como el suelo, agua, bosques, agostaderos, paisaje y biodiversidad, haciendo un uso racional y sustentable de los mismos |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XI | Organizar y operar la Ventanilla Ãnica de trámites y servicios para el desarrollo rural |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XII | Brindar asesorÃa y apoyo técnico a las dependencias municipales en materia de planeación, programación, supervisión y evaluación de planes y programas de desarrollo rural, que sean promovidos por la administración pública municipal |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XIII | Coordinar los programas descentralizados y municipalizados derivados de los convenios celebrados por el Municipio con entidades del Estado y la Federación y establecer las medidas necesarias para su control y evaluación de conformidad con las reglas de operación aplicables |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XIV | Coordinar los programas, proyectos y servicios derivados de los acuerdos del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Integral Sustentable y gestionar los apoyos institucionales requeridos para tal efecto |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XV | Participar en los grupos de trabajo del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable y demás consejos consultivos estatales y municipales, comités, comisiones y subcomisiones públicas, mixtas y privadas relativas al desarrollo rural en el Municipio |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XVI | Promover convenios de concertación con los sectores públicos, social y privado para la creación de fuentes de empleo, impulsando el establecimiento de actividades productivas en el sector rural, asà como el respaldo organizacional y técnico para la integración de cadenas productivas y capacitación de los agentes participantes de las mismas. Impartir talleres y cursos de capacitación para los siguientes rubros: El empleo de nuevas tecnologÃas, la implementación de sistemas agroecológicos y silvÃcolas, y la aplicación de nuevas metodologÃas de extensión agropecuaria y forestal; Asistencia técnico-financiera a los productores a través de mecanismos de información respecto a las reglas de operación y acceso a los programas municipales, estatale |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XVII | Coordinar sus programas y actividades con el área de ecologÃa y medio ambiente municipal y auspiciar entre la población rural prácticas económicas sociales con enfoque de sustentabilidad |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XVIII | Vincular a los productores del Municipio con los prestadores de servicios profesionales para contratar asesorÃa, capacitación y asistencia técnica, asà como dar seguimiento y evaluar el desempeño de los prestadores que hayan desarrollado sus trabajos en el Municipio |
Dirección de Desarrollo Rural Sustentable | 113 | XIX | Las demás que señalen las leyes y reglamentos correspondientes |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | I | Planear y coordinarse, con las Instancias que participen en la construcción de las obras de beneficio colectivo que autorice el Ayuntamiento, una vez que se cumplan los requisitos de licitación y otros que determine la ley |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | II | Vigilar el mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipo destinados a la prestación de algún servicio público |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | III | Organizar y supervisar la presentacion y administracion de los diversos servicios publicos |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | IV | Otorgar o negar permisos de construccion en los terminos del codigo urbano y el reglamento de construcciones |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | V | Supervisar la ejecucion de la obra publica municipal y practicar revisiones rindiendo los informes respectivos al Ayuntamiento para los fines que correspondan |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | VI | Vigilar que se respete la Ley, respecto del uso del suelo y preservacion de las reservas territoriales |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | VII | Cuidar y conservar el patrimonio historico y zonas tipicas del municipio |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | VIII | Ordenar la suspension de obras que realicen en contravencion a la Ley, aplicando las sanciones que correspondan |
Obras y Servicios Públicos Municipales | 109 | IX | Recabar planos y proyectos de obra Publica o privada, y otorgar o negar su autorizacion |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | I | Vigilar y conservar la seguridad, el orden y la tranquilidad pública |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | II | Proponer al Ayuntamiento la realización de campañas educativas permanentes que induzcan a reducir la posesión, portación y uso de armas de fuego de cualquier tipo |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | III | Elaborar el proyecto de Programa Municipal de Seguridad Pública y entregarlo al Presidente Municipal, con el fin de que éste lo presente, para su aprobación, al Ayuntamiento |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | IV | Proponer al Ayuntamiento la celebración de convenios en la materia con autoridades de los tres órdenes de gobierno, asà como con los sectores social y privado |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | V | Impulsar la profesionalización de los integrantes de las instituciones policiales municipales y colaborar en el procedimiento de reclutamiento de aspirantes a ingresar a las instituciones de seguridad pública, en términos de las convocatorias que para el efecto se expidan |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | VI | Promover la participación de la sociedad en el diseño y control de las polÃticas públicas en materia de Seguridad Pública, a través de los consejos ciudadanos de seguridad pública municipal |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | VII | Rendir, por escrito, trimestralmente, un informe al Ayuntamiento, sobre los avances del Programa Municipal de Seguridad Pública, asà como de la situación que en la materia prevalezca en el Municipio |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | VIII | Servir y auxiliar a la comunidad de manera eficaz, honesta y con apego a la ley |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | IX | Respetar y hacer respetar la ley, el Bando de PolicÃa y Gobierno Municipal, y los reglamentos relativos a su función |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | X | Vigilar y conservar el orden y el buen funcionamiento de la vialidad en el desplazamiento de personas y vehÃculos |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | XI | Rendir diariamente al Presidente Municipal un parte informativo de los acontecimientos que en materia de seguridad pública ocurran en el Municipio |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | XII | Sancionar a los infractores de la ley, bando municipal y reglamentos |
Dirección de Seguridad Pública | 117 | XIII | Las demás señaladas en las leyes y reglamentos respectivos |
Presidente Municipal | 80 | I | Promulgar y publicar el Bando de PolicÃa y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general en su respectiva Gaceta Municipal o en el Periódico Oficial, Ãrgano del Gobierno del Estado |
Presidente Municipal | 80 | II | Convocar al Ayuntamiento a sesiones, presidirlas y dirigirlas |
Presidente Municipal | 80 | III | Cumplir y hacer cumplir, dentro de su competencia, las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos federales, estatales y municipales, asà como aplicar a quienes los infrinjan las sanciones correspondientes, mediante el procedimiento a que hubiere lugar |
Presidente Municipal | 80 | IV | Proponer al Ayuntamiento las ternas de los titulares de la SecretarÃa de Gobierno Municipal, TesorerÃa y Direcciones Municipales, en términos de la presente ley. Una vez designados los titulares expedir los nombramientos de manera inmediata |
Presidente Municipal | 80 | V | Inspeccionar las dependencias municipales para cerciorarse de su funcionamiento, tomando aquellas medidas que estime pertinentes para la mejor administración municipal |
Presidente Municipal | 80 | VI | Vigilar que se integren y funcionen los Comités de Participación Social, con equilibrio en el número de mujeres y hombres |
Presidente Municipal | 80 | VII | Vigilar que la recaudación en todos los ramos de la Hacienda Pública Municipal, se realice con apego a las leyes respectivas |
Presidente Municipal | 80 | VIII | Vigilar que el ejercicio de los recursos públicos municipales se efectúe con estricto apego al Presupuesto de Egresos, asà como a sus modificaciones aprobadas por el Cabildo |
Presidente Municipal | 80 | IX | Celebrar, a nombre del Ayuntamiento y por acuerdo de éste, y en los casos que ameriten, con la autorización de la Legislatura del Estado, todos los actos y contratos necesarios para el desempeño de los negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos municipales |
Presidente Municipal | 80 | X | Visitar los poblados del Municipio, en compañÃa de las personas que presidan los Comités de Participación Social, para conocer sus problemas e informar de ellos al Ayuntamiento, de manera que puedan tomarse las medidas adecuadas a su solución |
Presidente Municipal | 80 | XI | Concurrir a las reuniones generales o regionales de presidentes municipales a que fuere convocado por el Ejecutivo del Estado o por la Legislatura |
Presidente Municipal | 80 | XII | Autorizar las órdenes de pago a la TesorerÃa Municipal, conforme al presupuesto aprobado, firmándolas mancomunadamente con el SÃndico |
Presidente Municipal | 80 | XIII | Informar al Ayuntamiento de la forma en que ha cumplido sus acuerdos |
Presidente Municipal | 80 | XIV | Informar al Ayuntamiento, dentro de la primera quincena del mes de septiembre de cada año, en sesión solemne y pública de Cabildo, sobre el estado que guarda la administración municipal y las labores realizadas durante el año |
Presidente Municipal | 80 | XV | Vigilar y preservar el patrimonio cultural e histórico del Municipio |
Presidente Municipal | 80 | XVI | Formar y actualizar el catastro y padrón municipal |
Presidente Municipal | 80 | XVII | Promover la organización y participación ciudadana a través de la consulta popular permanente y de los Comités de Participación Social para fomentar y promover el desarrollo democrático e integral del Municipio |
Presidente Municipal | 80 | XVIII | Llevar las estadÃsticas de los sectores económicos y sociales del Municipio, en los términos que señalen las leyes |
Presidente Municipal | 80 | XIX | Constituir los Comités de Planeación para el Desarrollo Municipal, con la participación de representantes de los sectores público, social y privado, y de profesionistas y técnicos que residan dentro de su territorio, en los términos del reglamento respectivo |
Presidente Municipal | 80 | XX | Conducir y coordinar el proceso de planeación del desarrollo municipal conforme a una perspectiva de igualdad de género y enfoque basado en derechos humanos |
Presidente Municipal | 80 | XXI | Proponer, a través de los Comités de Planeación para el Desarrollo Municipal y para el Desarrollo del Estado, según corresponda, las prioridades, programas y acciones a coordinar con la administración estatal o federal |
Presidente Municipal | 80 | XXII | Someter a consideración del Ayuntamiento, las estrategias que contendrá el Plan Municipal de Desarrollo |
Presidente Municipal | 80 | XXIII | Proponer a la Legislatura del Estado, por acuerdo del Ayuntamiento, la suspensión o revocación del mandato de alguno de sus integrantes en los términos de esta ley y demás disposiciones jurÃdicas aplicables |
Presidente Municipal | 80 | XXIV | Promover campañas de salud, alfabetización e informativas acerca de los derechos y las obligaciones relativos al estado civil de las personas, en cuanto a la institución del matrimonio; asà como proteger y promover el desarrollo de las lenguas indÃgenas en uso en el Estado |
Presidente Municipal | 80 | XXV | Conceder audiencia a los habitantes del Municipio y ser gestor de sus demandas ante las autoridades estatales y federales |
Presidente Municipal | 80 | XXVI | Cuidar se conserven en buen estado los bienes que integran el patrimonio municipal |
Presidente Municipal | 80 | XXVII | Vigilar que los servicios públicos municipales se presten con eficacia y eficiencia y que los recursos financieros se apliquen de acuerdo con las normas que expida la Legislatura por sà o a través de la AuditorÃa Superior del Estado |
Presidente Municipal | 80 | XXVIII | Promover las actividades cÃvicas, culturales y de recreación en el Municipio |
Presidente Municipal | 80 | XXIX | Diseñar, formular y aplicar campañas de concientización y programas de desarrollo que promuevan la igualdad de género y la erradicación de violencia por motivos de género |
Presidente Municipal | 80 | XXX | Vigilar que la obra pública, se ejecute de acuerdo con las normas y presupuestos aprobados, asà como constatar la calidad de los materiales utilizados |
Presidente Municipal | 80 | XXXI | Prestar, previa solicitud de las autoridades electorales, el auxilio de la PolicÃa Preventiva Municipal y los apoyos que requieran para la preservación del orden público en los procesos electorales |
Presidente Municipal | 80 | XXXII | Las demás facultades que le concedan la legislación de carácter general, federal, estatal y municipal |
Regidores | 86 | I | Asistir puntualmente, con voz y voto, a las sesiones de Cabildo, vigilar que se cumplan los acuerdos y disposiciones del Ayuntamiento |
Regidores | 86 | II | Vigilar el ramo de la administración municipal que les sea encomendado por el Ayuntamiento a través de sus comisiones y programas respectivos, proponiendo las medidas que estimen procedentes |
Regidores | 86 | III | Solicitar y obtener de los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones |
Regidores | 86 | IV | Proponer al Ayuntamiento las acciones convenientes para el mejoramiento de los servicios públicos y el desarrollo del Municipio |
Regidores | 86 | V | Presentar los dictámenes correspondientes a su Comisión en los asuntos a tratarse en las sesiones ordinarias y extraordinarias de Cabildo, deliberar y votar sobre los mismos |
Regidores | 86 | VI | Presentar al Ayuntamiento, iniciativas de Bando de PolicÃa y Gobierno, reglamentos y demás disposiciones administrativas de observancia general o, en su caso, de reformas y adiciones a los mismos |
Regidores | 86 | VII | Promover la participación ciudadana en apoyo a los programas que formule y apruebe el Ayuntamiento para fortalecer la consulta popular permanente |
Regidores | 86 | VIII | Formar parte de las comisiones para las que fueren designados |
Regidores | 86 | IX | Someter a la consideración del Ayuntamiento las medidas que estime necesarias para el cumplimiento de esta ley, bandos, reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general en su jurisdicción |
Regidores | 86 | X | Proponer ante la TesorerÃa, la SÃndica o SÃndico Municipal y el Cabildo, prioridades de gasto para la proyección y aprobación del Presupuesto de Egresos del Municipio |
Regidores | 86 | XI | Vigilar y evaluar la aplicación y cumplimiento del Plan Municipal de Desarrollo y de los programas operativos anuales |
Regidores | 86 | XII | Solicitar, en coordinación con la ContralorÃa Municipal, informes a empresas, instituciones o asociaciones públicas y privadas que reciban y manejen recursos económicos del Municipio para constatar que su destino sea conforme al programa que lo autorizó |
Regidores | 86 | XIII | Concurrir a las ceremonias cÃvicas y a los demás actos para los que fueren citados por el Presidente Municipal o por el Cabildo |
Regidores | 86 | XIV | Vigilar y tomar las medidas necesarias para el debido funcionamiento de las dependencias del Municipio, dando cuenta oportunamente al Ayuntamiento y, en su caso, al Presidente Municipal |
Regidores | 86 | XV | Informar trimestralmente del trabajo realizado en comisiones, en sesión ordinaria del Ayuntamiento |
Regidores | 86 | XVI | Asistir a las oficinas del gobierno municipal al desempeño de sus comisiones, los dÃas y horas que señale el Reglamento Interior o lo acuerde el Cabildo |
Regidores | 86 | XVII | Tener acceso a las actas de Cabildo y demás información documental relacionada con el gobierno municipal, pudiendo obtener copias certificadas de tales documentos |
Regidores | 86 | XVIII | Las demás que les otorguen otras disposiciones jurÃdicas aplicables |
SecretarÃa | 100 | I | Atender las actividades especÃficas que le encomiende el Ayuntamiento o el Presidente Municipal |
SecretarÃa | 100 | II | Elaborar y entregar con la anticipación que señala esta ley, los citatorios a los miembros del Ayuntamiento, para las Sesiones de Cabildo, mencionando en la notificación la propuesta del orden del dÃa, lugar, hora y fecha de las mismas |
SecretarÃa | 100 | III | Presentar en la primera sesión de Cabildo de cada mes, relación del número y contenido de los expedientes que se hayan turnado a comisiones, dando cuenta de los resultados en el mes anterior y de los asuntos que se encuentran pendientes |
SecretarÃa | 100 | IV | Estar presente en todas las sesiones del Ayuntamiento con voz informativa y levantar las actas de Cabildo en el libro correspondiente |
SecretarÃa | 100 | V | Validar con su firma las actas y documentos expedidos por el Ayuntamiento |
SecretarÃa | 100 | VI | Expedir y certificar copias de documentos, con acuerdo del Ayuntamiento o del Presidente Municipal |
SecretarÃa | 100 | VII | Recibir y dar trámite a los recursos de revisión que interpongan los particulares en contra de actos y resoluciones administrativas de las autoridades municipales, asà como preparar los dictámenes de resolución y someterlos a la decisión del Ayuntamiento |
SecretarÃa | 100 | VIII | Formular los proyectos de reglamentos municipales y someterlos a la consideración del Ayuntamiento |
SecretarÃa | 100 | IX | Recopilar las disposiciones jurÃdicas que tengan vigencia en el Municipio y vigilar su correcta aplicación |
SecretarÃa | 100 | X | Llevar los libros necesarios para el trámite y despacho de los asuntos municipales |
SecretarÃa | 100 | XI | Administrar y custodiar el Archivo Municipal |
SecretarÃa | 100 | XII | Elaborar el programa de necesidades de bienes y servicios que requieran las diversas dependencias administrativas |
SecretarÃa | 100 | XIII | Reclutar, seleccionar y promover la capacitación del personal que requieran los diversos órganos de la administración municipal y hacer la propuesta de contratación al Cabildo |
SecretarÃa | 100 | XIV | Diseñar y proponer al Ayuntamiento el Sistema de Mérito y Reconocimiento al Servidor Público |
SecretarÃa | 100 | XV | Registrar y controlar la correspondencia oficial e informar al Cabildo de la misma |
SecretarÃa | 100 | XVI | Formular el inventario de bienes muebles e inmuebles que conformen el patrimonio del Municipio, en coordinación con el SÃndico Municipal y atendiendo la normatividad en materia de armonización contable |
SecretarÃa | 100 | XVII | La edición, distribución y difusión de la Gaceta Municipal, asà como gestionar las publicaciones en el Periódico Oficial, Ãrgano de Gobierno del Estado |
SecretarÃa | 100 | XVIII | Observar y hacer cumplir debidamente el Reglamento Interior del Ayuntamiento, procurando el pronto y eficaz despacho de los asuntos |
SecretarÃa | 100 | XIX | Las demás que le asigne el Ayuntamiento |
Sindicatura | 84 | I | Ostentar la representación jurÃdica del Ayuntamiento |
Sindicatura | 84 | II | Vigilar el manejo y aplicación de los recursos, de conformidad con el Presupuesto de Egresos |
Sindicatura | 84 | III | Suscribir, en unión con el Presidente Municipal, actos, contratos y convenios que tengan por objeto la obtención de empréstitos y demás operaciones de deuda pública, en los términos de las leyes de la materia |
Sindicatura | 84 | IV | Formular demandas, denuncias y querellas sobre toda violación a las leyes en que incurran los servidores públicos municipales, o los particulares, en perjuicio del patrimonio del Municipio |
Sindicatura | 84 | V | Autorizar los cortes de caja de la TesorerÃa Municipal |
Sindicatura | 84 | VI | Tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble municipal, en términos de esta ley, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, y demás disposiciones aplicables |
Sindicatura | 84 | VII | Vigilar que la cuenta pública municipal se integre en la forma y términos previstos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las demás disposiciones legales aplicables. Asimismo, se entregue en término legal a la Legislatura, por conducto de la AuditorÃa Superior del Estado |
Sindicatura | 84 | VIII | Vigilar que los servidores públicos del Municipio presenten sus declaraciones de situación patrimonial en términos de ley |
Sindicatura | 84 | IX | Practicar, en casos urgentes y en ausencia del Ministerio Público, las primeras diligencias penales, remitiéndolas en el término de veinticuatro horas a las autoridades competentes |
Sindicatura | 84 | X | Suscribir convenios dentro de los juicios en que el Ayuntamiento sea parte, con excepción de aquellos que requieran de la autorización de la mayorÃa calificada de los miembros del Cabildo |
Sindicatura | 84 | XI | Las demás que le asigne el Ayuntamiento o cualquier otra disposición aplicable |
TesorerÃa | 103 | I | Coordinar y programar las actividades correspondientes a la recaudación, contabilidad y gasto público municipales |
TesorerÃa | 103 | II | Llevar la contabilidad en los términos establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable, asà como el control del ejercicio presupuestal |
TesorerÃa | 103 | III | Administrar, registrar y controlar lo relativo a la valoración y valuación del patrimonio municipal conforme la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable |
TesorerÃa | 103 | IV | Recaudar los ingresos que corresponden al Municipio conforme a lo que establecen las leyes fiscales |
TesorerÃa | 103 | V | Formular los proyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Municipio de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y Ley de Disciplina Financiera |
TesorerÃa | 103 | VI | Manejar los fondos y valores con estricto apego al Presupuesto de Egresos |
TesorerÃa | 103 | VII | Elaborar y presentar la información financiera del Ayuntamiento de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable |
TesorerÃa | 103 | VIII | Elaborar y presentar la información financiera del Ayuntamiento de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable |
TesorerÃa | 103 | IX | Promover y mantener los mecanismos de coordinación fiscal con las autoridades estatales y federales |
TesorerÃa | 103 | X | Mantener actualizados los sistemas contables y financieros del Ayuntamiento |
TesorerÃa | 103 | XI | Llevar por sà mismo la caja de la TesorerÃa, cuyos valores estarán siempre bajo su inmediato cuidado y exclusiva responsabilidad |
TesorerÃa | 103 | XII | Elaborar y actualizar permanentemente los padrones de contribuyentes |
TesorerÃa | 103 | XIII | Realizar campañas periódicas de regulación fiscal de contribuyentes |
TesorerÃa | 103 | XIV | Determinar las contribuciones sujetas a convenios con el gobierno estatal |
TesorerÃa | 103 | XV | Presentar al Presidente Municipal para su autorización las órdenes de pago que correspondan, conforme al presupuesto aprobado |
TesorerÃa | 103 | XVI | Proponer al Ayuntamiento las medidas o disposiciones que tiendan a mejorar la Hacienda Pública del Municipio |
TesorerÃa | 103 | XVII | Dar cumplimiento a los acuerdos, órdenes o disposiciones que por escrito le dé el Ayuntamiento |
TesorerÃa | 103 | XVIII | Remitir a la AuditorÃa Superior del Estado, acompañada del acta de autorización del Cabildo, las cuentas, informes contables y financieros mensuales, dentro de los plazos y términos previstos en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas |
TesorerÃa | 103 | XIX | Notificar al Cabildo lo relativo a las faltas oficiales y deficiencias en que incurran los trabajadores de su dependencia |
TesorerÃa | 103 | XX | Tomar las medidas necesarias para el arreglo y conservación del archivo, mobiliario y equipo de oficina |
TesorerÃa | 103 | XXI | Expedir copias certificadas de los documentos bajo su custodia, por acuerdo escrito del Ayuntamiento |
TesorerÃa | 103 | XXII | Ejecutar los convenios de coordinación fiscal y administrativa |
TesorerÃa | 103 | XXIII | Informar al Ayuntamiento, con la periodicidad que éste determine, sobre el comportamiento de la deuda pública |
TesorerÃa | 103 | XXIV | Incoar el procedimiento económico coactivo |
TesorerÃa | 103 | XXV | Formular la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal anterior, conjuntamente con el SÃndico y la Comisión de Hacienda |
TesorerÃa | 103 | XXVI | Las demás que le asigne el Ayuntamiento |
Plataforma Nacional de Transparencia
Formato Las Facultades de cada ÁreaValidación: 17/Julio/2018 Área (s): Secretaría de Gobierno Municipal Actualización: Trimestral Conservación: Información vigente